Condenado a un año y medio de prisión por abusar de una menor en una actividad scout en Cádiz

La Audiencia Provincial de Cádiz había impuesto inicialmente un año de prisión, pero el TSJA ha elevado la pena tras estimar parcialmente el recurso de la acusación particular

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TSJA / Fran Bragado.

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha aumentado de un año a un año y medio de prisión la condena impuesta por la Audiencia Provincial de Cádiz a un acusado por un delito de abuso sexual cometido sobre una menor durante una actividad del grupo scout al que ambos pertenecían en la provincia de Cádiz.

Según la sentencia, recogida por Europa Press, los hechos ocurrieron en la noche de Halloween de 2020, durante la celebración de varias actividades organizadas por el grupo scout. En ese momento, el acusado se sentó junto a dos menores en un banco situado fuera del recinto donde el resto del grupo veía una película relacionada con la fiesta.

La resolución recoge que, en ese lugar, el acusado pasó un brazo por encima de la menor y le realizó tocamientos, quedándose la víctima “paralizada y sin poder reaccionar”.

Posteriormente, cuando ambos se quedaron un momento solos en un coche al desplazarse para comprar unas pizzas para el resto del grupo, el acusado le pidió a la menor que le diera un beso. La menor se bajó rápidamente del vehículo y regresó con el resto del grupo.

La sentencia también recoge que el acusado envió varios mensajes de WhatsApp a la menor. Ella aprovechó esa conversación para decirle que no estaba bien lo que había hecho, mientras que él le indicó que “debería guardar silencio y borrar los mensajes”.

Por estos hechos, la Audiencia Provincial de Cádiz condenó inicialmente al acusado a un año de prisión y al pago de una indemnización de 4.000 euros, cantidad que ya había sido consignada previamente en el juzgado cuando se ordenó la apertura de juicio oral.

La sentencia fue recurrida ante el TSJA tanto por el acusado como por la acusación particular. El acusado solicitaba su libre absolución al alegar error en la valoración de la prueba, pero el alto tribunal andaluz ha desestimado su recurso.

Por su parte, el recurso de la acusación particular ha sido estimado parcialmente. El TSJA considera que la pena debía elevarse a un año y medio de prisión, al tratarse de la pena mínima establecida, pese a que el acusado había consignado previamente los 4.000 euros fijados como posible indemnización.